El 8 de mayo del año en curso fue publicada la Resolución SAT-DSI-589-2026, que contiene disposiciones administrativas para actuar como “contador registrado”.
Dentro de los aspectos relevantes se encuentran los siguientes:
- Aplica para Peritos Contadores o Contadores Públicos y Auditores que realicen “operaciones contables” que produzcan efectos tributarios.
- Los contadores registrados deben acreditar en forma anual que sus conocimientos tributarios están actualizados, según parámetros que establezca la SAT; y,
- Tienen impedimento para actuar como contadores registrados, las personas condenadas por delitos i) contra el régimen tributario, ii) comunes en contra de la Administración Tributaria, y iii) relacionados con la actividad contable. También tienen impedimento quienes incurran en la omisión de presentación de declaraciones, los deudores morosos de tributos y los que tengan adeudos tributarios que se estén reclamando en la vía económico-coactiva.
Cabe mencionar que las disposiciones establecidas en el Acuerdo de Directorio No. 8-2010, referente a funciones y responsabilidades aplicables a los peritos contadores, fueron derogadas.
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Dérick Orozco
Gerente de Impuestos

